Factoraje o “factoring”
Herramienta de financiamiento a corto plazo mediante la cual una empresa vende sus facturas, o cualquier otro tipo de cuentas por cobrar, a otra institución a cambio de efectivo.
Cedente
Persona física o jurídica que cede o transfiere el derecho sobre una factura u otro tipo de cuenta por cobrar a favor de otra a cambio de efectivo.
Cesionario
Persona física o jurídica que compra los derechos de cobro de una factura u otro tipo de cuenta por cobrar y adelanta el efectivo al cedente.
Deudor Cedido
Entidad que tiene la obligación financiera frente a otra entidad, es decir la persona jurídica que debe y realiza el pago.
Crédito
Derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra (la deudora) una cantidad en numerario en el plazo pactado.
Contrato de Cesión de Crédito
Contrato mediante el cual un acreedor (cedente) transmite a otra persona (acreedor cesionario) los derechos que el primero ostenta frente a una tercera persona (deudor cedido), ajena a la transmisión, pero que pasa a ser deudora del nuevo acreedor. La relación jurídica transmitida permanece idéntica. Es decir, que el cesionario gozará del derecho recibido en las mismas condiciones en las que lo hacía el cedente.
Albarán o Recibo de Mercancía
Documento/constancia emitido por el deudor avala la cuenta por pagar.
Tipos de Operaciones de Factoraje:
Factoraje con Recurso
En el caso que el deudor cedido no realice el pago al cesionario en el plazo pactado, el cedente debe responder, es decir que no se desliga de la responsabilidad del pago. El cedente asume el riesgo del impago.
Factoraje sin Recurso
Si el deudor no realiza el pago, el cedente queda exento de toda responsabilidad, el cesionario no puede exigir el pago al cedente. El cesionario asume el riesgo del impago.